Decreto que instituye el Grupo de Trabajo Interministerial, en el ámbito del Ministerio de Desarrollo y Asistencia Social, Familia y Combate contra el Hambre y el Ministerio de las Mujeres, con la finalidad de elaborar la propuesta de Política Nacional de Cuidados y la propuesta de Plan Nacional de Cuidados en Brasil. El Grupo de Trabajo Interministerial estará encargado de formular diagnósticos sobre la organización social de los cuidados en el país, incluyendo la identificación de polí...
Bajo la Enmienda Constitucional n. 103 que modifica el sistema de seguridad social, el ss 12 del art. 201, sobre las disposiciones de la seguridad social, señala que la ley establecerá un régimen especial para la inclusión en la seguridad social de los trabajadores de bajos ingresos y de aquellos que no tengan ingresos propios, que se dediquen exclusivamente al trabajo doméstico dentro de sus hogares, siempre que sean miembros de familias de bajos ingresos, garantizándoles el acceso a pres...
Norma general que crea el Consejo Asesor Presidencial, de carácter interministerial, para la elaboración de la Política Nacional e Integral de Cuidados, el cual se relacionará con el Presidente de la República a través del Ministerio de Desarrollo Social y Familia. Tendrá como objetivo asesorar al Presidente de la República en la elaboración de la Política Nacional e Integral de Cuidados, considerando en su diseño el bienestar y una nueva forma de organizar socialmente los cuidados c...
Consagra el derecho a licencia médica preventiva parental por causa de la enfermedad COVID-19 para el cuidado de niños y niñas. Asimismo, contempla el derecho a suspender los efectos del contrato de trabajo por motivos de cuidado mientras permanezca suspendido el funcionamiento de establecimientos educacionales, jardines infantiles y salas cunas por acto o declaración de la autoridad competente.
Establece el derecho de toda madre a amamantar a sus hijos libremente en toda clase de lugares o recintos, conforme sea el interés superior del lactante, sin que pueda imponérseles condiciones o requisitos que exijan ocultar el amamantamiento o restringirlo. Establece también la prohibición a los recintos de imponer cobros a las mujeres que deseen ejercer libremente el derecho a amamantar.
Modifica y amplía el ámbito de aplicación de la Ley n° 5508/2015 "Promoción, Protección de la Maternidad y Apoyo a la Lactancia Materna ", a más trabajadoras de distintas entidades públicas. A su vez establece que las empresas, instituciones o entidades mencionadas en la Ley, en las cuales trabajen más de 10 mujeres, deberán implementar salas de lactancia materna habilitadas por el Ministerio de Salud Pública y Bienestar Social.
Ley de Subsidio por Maternidad y Paternidad para Trabajadores de la Actividad Privada. Otorga subsidio por maternidad o paternidad a trabajadores que tienen partos prematuros, múltiples, bebés con bajo peso al nacer, o afectaciones en la salud.
Ley de Teletrabajo. En el artículo 3, se reconoce al teletrabajo como una modalidad necesaria para la generación de empleo y en particular para el acceso a puestos de trabajo de personas con responsabilidades familiares, personas con discapacidad o de quien ellos dependan o a cuyo cuidado estén.
Resolución que crea un régimen especial de subsidio por desempleo, que comprenderá a los trabajadores del servicio doméstico incluidos en el ámbito subjetivo del Decreto-Ley N° 15.180.
La ley consagra el derecho de todo trabajador que tenga un hijo con discapacidad conforme al régimen previsto en la Ley N° 19.691, de 29 de octubre de 2018 (ley de promoción del trabajo de personas con discapacidad), a solicitar hasta un total de 10 (diez) días anuales para controles médicos de ese hijo, con goce de sueldo.