Mediante la resolución se adopta el concepto de Agricultura Familiar, para garantizar un adecuado uso del sistema de producción en los diferentes territorios.
El decreto tiene como fin mejorar el desarrollo económico por medio de la adquisición de productos agropecuarios del mismo país para contribuir al fortalecimiento de la población.
Se establece el marco legal para desarrollar instrumentos que fortalezcan la seguridad alimentaria y nutricional del territorio. Por medio de la institución SINASSAN que sería la encargada de garantizar el derecho humano a la alimentación y la seguridad alimentaria.
Mediante la ley se establece la creación del programa Estudiar sin hambre para promover una alimentación saludable en los distintos centros estudiantiles del territorio, para tener una población saludable, para ello se modifica la ley 35 para garantizar una alimentación adecuada a los menores.
La resolución tiene como fin establecer el Plan Estratégico del Instituto de Investigación Agropecuaria de Panamá, para lograr una mejor organización en el tema de la agrotecnología para tener mayor competitividad de los agronegocios de la sociedad panameña.
La estrategia resalta la importancia de la agricultura para contar con una seguridad alimentaria para las familias, mediante la ampliación del sector: diversificando la producción con alimentos nutritivos; promoción de tecnologías según las zonas productivas; procesamiento y conservación de cultivos; promoción de consumo de alimentos sanos y nutritivos.
La estrategia tiene como fin tener un mayor alcance nacional con el tema de la agricultura familiar, mediante tres ejes: 1) Acceso a bienes y servicios productivos; 2) Acceso a mercados e inclusión en cadenas de valor; 3) Fortalecimiento institucional para la gobernabilidad y la gobernanza en apoyo a la agricultura familiar.
La Fundación Banco Ambiental (FUNBAM) es una entidad de carácter privado, creada bajo la Ley de Fundaciones No. 5338, de carácter instrumental y de iniciativa pública sin fines de lucro, autorizada en su creación por la Ley No. 8640 del 05 de junio de 2008 y constituida por la Notaría del Estado.
Esta Ley tiene por objeto promover el desarrollo humano de hombres y mujeres jóvenes; garantizar el ejercicio de sus derechos y obligaciones; establecer políticas institucionales y movilizar recursos del Estado y de la sociedad civil para la juventud.
El objetivo de la política es crear un entorno propicio y de apoyo que fomente la mejora del bienestar y la calidad de vida de todos los jóvenes beliceños y permita una transición satisfactoria a la edad adulta.