La declaratoria Consejo Agropecuario del Sur (CAS) establece la intención de profundizar y fortalecer los marcos regulatorios e instrumentos en la utilización de los organismos genéticamente modificados.
La declaratoria Consejo Agropecuario del Sur (CAS) establece la intención de promover el trabajo conjunto entre las partes previo a la reunión de las partes del Protocolo de Cartagena en Curibita, Brasil.
La Ley tiene como fin fundamental proteger, conservar y mejorar los suelos en gestión integrada y sostenible con los demás recursos naturales, mediante el fomento y la planificación ambiental adecuada. y tiene como objetivos específicos los siguientes: a) impulsar el manejo, así como la conservación y recuperación de los suelos en forma sostenida e integrada con los demás recursos naturales. b) Facilitar los mecanismos para la acción integrada y coordinada de las instituciones competent...
El Plan contiene los lineamientos generales de carácter vinculante y acatamiento obligatorio en cuanto se realicen o ejecuten programas o proyectos que incidan en las tierras de uso agroecológico, según el artículo 11 de la Ley N.º 7779 de uso, manejo y conservación de suelos. Además, propiciar el mejoramiento y desarrollo conservacionista de estas tierras; mediante un sistema de extensión, planificación e implementación participativa, de conformidad con la situación socioeconómica d...
La resolución del CAS estable el interés en la coordinación de acciones gubernamentales entre las partes para desarrollar tecnologías regionales, tendientes a promover innovaciones en materia de biotecnología. Por lo que luego del Acta de UPOV, consideran que el sistema apropiado para remunerar al propietario de la tecnología es a través del pago de regalías en la comercialización de semillas.
La resolución del CAS estable el interés en la coordinación de las partes previo a la reunión de las partes del Protocolo de Cartagena. La declaración sostiene el interés en temas bajo negociación dentro del marco del Protocolo de Cartagena como el de movimiento transfronterizo seguro de los organismos vivos modificados.
La declaración de los ministros del CAS resta la importancia del Codex Alimentarios y las labores específicas de la biotecnología en marco del Codex Alimentarius sobre alimentos. Por lo que proponen coordinar acciones en la preparación del grupo de expertos y en la participación de la revisión del CODEX alimentarios.
La resolución establece los procedimientos para determinar cuando un cultivo, obtenido a partir de nuevas técnicas de mejoramiento que utilicen técnicas de biotecnología moderna no se encuentran comprendido en el Marco de la Resolución N. 763 de fecha 17 de agosto de 2011 del Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y su normativa complementaria.
Esta resolución regula los avances y desarrollos tecnológicos en biotecnología. Establece el ámbito de aplicación de las actividades que involucren Organismos Genéticamente Modificados, entendiéndose como tal los usos agrícola, pecuario, ictícola/acuícola, pesquero, forestal— o que potencialmente pudieran emplearse en un contexto agropecuario, deberán ajustarse a lo establecido en la presente medida.
La resolución establece los procedimientos para determinar un un organismos, obtenido a partir de la aplicación de Nuevas Técnicas de Mejoramiento (NBT, por sus siglas en inglés), se encuentra alcanzado en el marco de la Resolución N° 763 de fecha 17 de agosto de 2011 del entonces Ministerio de Agricultura, Ganadería y Pesca y su normativa complementaria.