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Perú: Promoción de la organización de los productores agrarios y la consolidación de la propiedad rural para el crédito agrario (Decreto Legislativo N.º 1020)

Fecha de inicio: 10/06/2008
Fecha de fin: N/A

Descripción

El Decreto Legislativo N.º 1020 establece el marco normativo para promover la organización de los productores agrarios y consolidar la propiedad rural, con el objetivo de ampliar el acceso al crédito agrario, así como fomentar la competitividad, la reconversión y la modernización del sector agrario. Esta norma reconoce que la mejora del ingreso campesino requiere el uso de tecnología y maquinaria en superficies adecuadas, y que la organización asociativa de los agricultores es clave para facilitar el financiamiento y el desarrollo productivo rural. El decreto define conceptos clave para su aplicación. Una Entidad Asociativa Agraria es una organización conformada por al menos dos productores agrarios que desarrollen actividades agrícolas o pecuarias en un mínimo de 20 hectáreas, ya sea de manera conjunta o individual. Un Productor Agrario es toda persona natural cuya principal actividad económica sea la agricultura o la ganadería, incluyendo también a quienes realizan procesamiento primario de productos agrarios. Se considera Pequeño Productor Agrario a aquel cuyo ingreso bruto anual no supera el límite fijado por el reglamento. Finalmente, se entiende por Unidad Productiva Sostenible a los terrenos con fines agropecuarios cuya extensión no sea menor de 20 hectáreas.

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