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Perú: Guía para el Reconocimiento de Zonas de Agrobiodiversidad en el Perú

Fecha de inicio: 29/06/2020
Fecha de fin: N/A

Descripción

Mediante Resolución N°008-2020-MINAGRI-INIA-DRGB se aprueba la Guía para el Reconocimiento de Zonas de Agrobiodiversidad en Perú. El reconocimiento de una Zona de Agrobiodiversidad se obtiene mediante un proceso iniciado por los Pueblos Indígenas, que culmina con la emisión de una Resolución Ministerial por parte del Ministerio de Agricultura y Riego (MINAGRI), previa evaluación técnica favorable del Instituto Nacional de Innovación Agraria (INIA). La elaboración del expediente técnico corresponde a los pueblos indígenas, quienes pueden recibir apoyo técnico de expertos de entidades públicas (como Gobiernos Regionales o Locales, institutos, entre otros) o privadas, tanto nacionales como internacionales. Este expediente técnico es un documento que justifica la solicitud de reconocimiento de una Zona de Agrobiodiversidad (ZABD). Las comunidades indígenas o campesinas interesadas en obtener el reconocimiento deben presentar el expediente con la información del pueblo indígena y la zona propuesta ante la Oficina de Atención a la Ciudadanía y Gestión Documentaria (OACGD) del MINAGRI. El INIA, a través de la Dirección de Recursos Genéticos y Biotecnología (DRGB), realiza una inspección directa en el lugar para verificar que se cumplan las condiciones necesarias para el reconocimiento, elaborando un acta firmada junto a los representantes indígenas. Esta inspección se notifica previamente al pueblo indígena. Además, el MINAGRI, mediante el INIA y en coordinación con las autoridades competentes, llevará a cabo monitoreos y evaluaciones periódicas en las Zonas de Agrobiodiversidad reconocidas para evaluar el estado de conservación de la agrobiodiversidad y los factores que la afectan, los resultados de estos monitoreos y evaluaciones son vinculantes para las comunidades indígenas y respaldan las decisiones que adopte el MINAGRI sobre estas zonas.

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