Establece las sanciones penales y administrativas aplicables a conductas y actividades lesivas al medio ambiente en Brasil, tipificando delitos contra la fauna, flora, ordenamiento urbano, patrimonio cultural y administración ambiental. Determina la responsabilidad de personas físicas y jurídicas por delitos ambientales, permitiendo la desconsideración de la personalidad jurídica cuando sea obstáculo para resarcir daños ambientales. Prevé penas alternativas como prestación de servicios a la comunidad, suspensión de actividades e interdicción temporal, priorizando la reparación del daño ambiental y estableciendo procedimientos específicos para la investigación y el procesamiento de infracciones ambientales.