El Decreto con Fuerza de Ley 1123 de 1981 de Chile establece las normas para la ejecución de obras de riego por parte del Estado. Este decreto permite que el Estado administre las obras de riego durante un plazo máximo de cuatro años después de su construcción, denominado "explotación provisional". El objetivo principal de este decreto es regular la construcción y administración de obras de riego en Chile, asegurando su eficiente funcionamiento y mantenimiento. El decreto se aplica a todas las obras de riego construidas con fondos estatales y establece las normas para su ejecución, administración y mantenimiento. La Dirección de Riego es el organismo designado como responsable de fijar el plazo de explotación provisional y de supervisar la administración de las obras de riego. Este decreto es fundamental para el desarrollo agrícola y la gestión de recursos hídricos en Chile, y su implementación es crucial para garantizar la eficiencia y sostenibilidad de las obras de riego. Esta ley permite la realización de importantes proyectos de desarrollo hídrico con fondos estatales, incluyendo nuevas obras como represas y canales de cuenca, así como la rehabilitación y mejora de las obras de riego existentes.
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Fecha de inicio: Fecha de fin: NA