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Articulo 1. La presente Ley tiene por objeto regular Ia prestacion de los. servicios publicos de agua potable y cit: sancamicnto, establecer el regimen de fiscalizacion, control y evaluacicon de tales servicios y promover su desarrollo, en beneficio general de los ciudadanos, de la salud publica, la preservacion de los recursos hidricos y la proteccicon del ambiente, en concordancia con la politica sanitaria y ambiental que en esta materia dicte el Poder Ejecutivo Nacional y con los planes de desarrollo economico y social de la nación.


Fecha de inicio: Fecha de fin: NA


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