Constitución Política de Costa Rica (ES)(Costa Rica)
Fecha de inicio: 08/05/2019
Fecha de fin: N/A
Descripción
Artículo 50-[…]Toda persona tiene el derecho humano, básico e irrenunciable de acceso al agua potable, como bien esencial para la vida. El agua es un bien de la Nación, indispensable para proteger tal derecho humano. Su uso, conservación y explotación se regirá por lo que establezca la ley que se creará para estos efectos, y tendrá prioridad el abastecimiento del agua potable para consumo de las personas y las poblaciones