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Decreto Presidencial 1303 introdujo el primer mandato obligatorio de mezclar un 5% de biodiésel, que deberá cumplirse a más tardar el 17 de marzo de 2013. Además, el decreto declara interés nacional el desarrollo de biocombustibles en Ecuador como medio para el impulso del desarrollo agrícola en el país. La producción, uso, y el consumo de los biocombustibles responderán a una estrategia inclusiva de desarrollo rural, precautelando la soberanía alimentaria y sostenibilidad ambiental.


Fecha de inicio: Fecha de fin: NA


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