La presente Ley tiene por objeto garantizar el desarrollo de la economía familiar campesina a efectos de lograr su recuperación y consolidación, debido a su elevada importancia para propender a la consecución de la soberanía alimentaria del país. El Estado en defensa y dinamización de este segmento económico y productivo desarrollará e implementará planes, programas, servicios y políticas públicas, en las áreas de formación y generación de ciencia y tecnología para el campo. Se implementarán mecanismos de encadenamiento productivos, acceso a mercados, asistencia técnica y financiera para toda la cadena productiva vinculada a este segmento.
Descripción:
Fecha de inicio: Fecha de fin: NA