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Bolivia: Ley N.º 338 de Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias (OECAS) y Organizaciones Económicas Comunitarias (OECOM) para la Integración de la Agricultura Familiar Sustentable y la Soberanía Alimentaria

Fecha de inicio: 28/01/2013
Fecha de fin: N/A

Descripción

Ley nacional que establece el marco para el reconocimiento, fortalecimiento e integración de la agricultura familiar sustentable en Bolivia y regula las actividades desarrolladas por las Organizaciones Económicas Campesinas, Indígena Originarias (OECAS), las Organizaciones Económicas Comunitarias (OECOM) y las familias productoras indígena originario campesinas, interculturales y afrobolivianas. La norma busca contribuir a la soberanía y seguridad alimentaria y al desarrollo integral para el Vivir Bien mediante el fortalecimiento de las capacidades productivas, de transformación, comercialización y financiamiento de la agricultura familiar. Entre sus instrumentos se encuentran la asistencia técnica y capacitación, investigación e innovación, acceso a créditos de fomento, fortalecimiento de la asociatividad, promoción de mercados y ferias, incorporación de productores familiares como proveedores de programas públicos de alimentación, el Sello Social Boliviano, el Registro Único de Agricultura Familiar Sustentable y mecanismos de participación y control social. La Ley incorpora además enfoques de género y juventud rural, conservación de la agrobiodiversidad, producción ecológica, adaptación y mitigación del cambio climático, agregación de valor y acceso a información y mercados. La agricultura familiar sustentable es declarada de interés público y nacional por su contribución a la soberanía alimentaria y a la mejora de las condiciones de vida de las familias productoras rurales.

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