Resolución N° 0125 de AGROCALIDAD - Reglamento Zoosanitario para el Funcionamiento de Centros de Concentración de Animales de Producción
Reglamento que regula y controla el estatus sanitario de los centros de concentración de animales de producción en Ecuador, como ferias comerciales, subastas o remates, ferias de exposición, eventos deportivos y recreativos y centros de abastecimiento bovino, con el fin de fortalecer las condiciones sanitarias de la ganadería nacional y mejorar la calidad e inocuidad de los productos alimenticios de origen animal para consumo humano. Establece la obligación de contar con un permiso sanitario de funcionamiento, sujeto a inspección previa, y fija requisitos de infraestructura, programas de bioseguridad, manejo de residuos y planes de contingencia ante enfermedades de control oficial o de declaración obligatoria. Además, define requisitos sanitarios por especie para el ingreso de bovinos, búfalos, equinos, porcinos, ovinos y caprinos, entre ellos el certificado sanitario de movilización, la vacunación contra la fiebre aftosa y la peste porcina clásica, y pruebas diagnósticas de brucelosis, tuberculosis y anemia infecciosa equina.