La presente Ley dicta normas que favoreces a las mujeres rurales a la cual la define como toda aquella que sin distinción de ninguna naturaleza e independientemente del lugar donde viva, su actividad productiva está relacionada directamente con lo rural. Asimismo, se establecen lineamientos para su priorización de la participación en fondos de financiamiento y en los órganos de decisión, seguridad social, educación, reforma agraria, entre otras, con el objetivo de acelerar la equidad de género rural.
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Fecha de inicio: Fecha de fin: NA