La aplicación de la tarifa del uno por ciento (1%) del Impuesto al Valor Agregado (IVA) en la CBTBIF, procederá sobre aquellos bienes de mayor consumo, en el grupo poblacional correspondiente al treinta por ciento (30%) de menores ingresos por hogar, de conformidad con la última Encuesta de Ingresos y Gastos de los Hogares (ENIGH), realizada por el Instituto Nacional de Estadística y Censos.
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Fecha de inicio: Fecha de fin: NA