Ley de Teletrabajo. En el artículo 3, se reconoce al teletrabajo como una modalidad necesaria para la generación de empleo y en particular para el acceso a puestos de trabajo de personas con responsabilidades familiares, personas con discapacidad o de quien ellos dependan o a cuyo cuidado estén.
Descripción:
Fecha de inicio: Fecha de fin: NA