Reforma la Ley 50 de 1995. Establece que toda institución pública o privada, donde hayan más de 20 mujeres trabajadoras, deberá contar con una sala de lactancia que le permita a la madre trabajadora disponer de las facilidades necesarias para extraer su leche materna y conservarla bajo las condiciones de refrigeración adecuadas hasta el final de su jornada de trabajo. Toda madre dispondrá de 1 hora en total al día para extraer leche materna o alimentar a su hijo.
Descripción:
Fecha de inicio: Fecha de fin: NA