Decreto Ejecutivo No. 1265 de Ecuador que incorpora el capítulo operativo del Fondo de Investigación para la Agrobiodiversidad, Semillas y Agricultura Sostenible (FIASA).
Fecha de inicio: 12/03/2021
Fecha de fin: N/A
Descripción
El Fondo de Investigación para la Agrobiodiversidad, Semilla y Agricultura Sustentable (FIASA) financiará programas y proyectos conforme a lo establecido en el artículo 16 de la Ley Orgánica de Agrobiodiversidad, Semillas y Fomento de la Agricultura Sustentable (LOASFAS). Para cumplir con lo dispuesto en el artículo 16 de la LOASFAS, los recursos económicos destinados al FIASA serán asignados directamente desde el Presupuesto General a la Entidad Pública de Investigación Agropecuaria y representarán hasta el 1,0% (uno por ciento) del Producto Interno Bruto (PIB) agrícola del año anterior o el dato más reciente disponible. Con el objetivo de alcanzar el 1% del PIB agrícola, las asignaciones se incrementarán gradualmente en hasta un 0,2% del PIB agrícola anualmente.