La propuesta de modificación notificada fue elaborada por el Grupo de Trabajo Asesor de Aditivos Alimentarios (3 de febrero de 2021, Decreto Exento Nº 08, Ministerio de Salud). Para la elaboración de la enmienda se estableció un "sistema de categorías de alimentos" basado en los principios del Codex Alimentarius, adaptando algunos de sus títulos, definiciones y ejemplos a las circunstancias nacionales y específicamente a las disposiciones del Decreto Supremo 977/96, para permitir el uso de aditivos alimentarios en cada categoría de alimentos. El texto propuesto se basa en el Codex Stan 192, enumerando los aditivos con límites por categorías de alimentos y especificando la función de cada aditivo. Los descriptores de las categorías de alimentos establecidos en la Norma Técnica para los Aditivos Alimentarios no pretenden ser designaciones legales de productos a efectos de etiquetado, sino que se utilizan para validar los aditivos y límites permitidos en los productos. Además, el sistema de categorías de alimentos es jerárquico, lo que significa que cuando se reconoce el uso de un aditivo en una categoría general, se reconoce su uso en todas sus subcategorías, a menos que se indique lo contrario.
Descripción:
Fecha de fin: NA