Se crea una Línea Especial de Crédito para promover el financiamiento de la Agricultura Familiar, la cual será administrada por el Fondo para el Financiamiento del Sector Agropecuario (Finagro). Para los anteriores efectos, se entiende que se facilita el financiamiento de la Agricultura Familiar de pequeños productores cuando se financian los costos de producción y sostenimiento de la unidad campesina productiva de un pequeño productor, y cuando se estimula el otorgamiento de créditos a productores que no han venido accediendo a las fuentes de financiación formales. Serán beneficiarios de esta Línea de Crédito, únicamente los pequeños productores que pretendan financiar los costos de producción y sostenimiento de su unidad campesina productiva. Son financiables bajo esta Línea Especial de Crédito todas las actividades de la línea de capital de trabajo, exceptuando las que califiquen como servicios de apoyo o actividades rurales. La actividad de comercialización de productos agropecuarios se podrá financiar siempre y cuando éstos correspondan a los producidos en la unidad económica en la que el pequeño productor desarrolla sus actividades agropecuarias.
Descripción:
Fecha de inicio: Fecha de fin: NA