Ley Nº 5908 – Ley de fortalecimiento financiero y reactivación productiva de los pequeños productores de la agricultura familiar campesina cuyas fincas no excedan las 30 hectáreas y modifica el artículo 3º de la Ley Nº 5527/15.
Fecha de inicio: 14/09/2017
Fecha de fin: N/A
Descripción
Por medio de esta Ley, se autoriza al Poder Ejecutivo, a través del Crédito Agrícola de Habilitación, a reestructurar las deudas vencidas al 30 de junio de 2017, que hayan sido contraídas para la producción agrícola y las inversiones productivas agropecuarias, en el marco de la Ley Nº 5527 de 2015. Además, de manera extraordinaria, se establece que los productores de la agricultura familiar que tengan deudas vencidas podrán acceder a nuevos créditos del Crédito Agrícola de Habilitación.