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Incorporación del extracto de fruto del monje al Código Alimentario Argentino

Fecha de inicio: 15/05/2026
Fecha de fin: N/A

Descripción

La Resolución Conjunta 3/2026 incorpora el extracto de fruto del monje, Siraitia grosvenorii, como ítem 179 del artículo 1.398 del Código Alimentario Argentino para su uso como edulcorante. La modificación establece criterios de identidad, calidad y pureza para asegurar su uso seguro en alimentos y bebidas, considerando su poder edulcorante proveniente principalmente de mogrósidos, especialmente mogrósido V.

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