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Ley N.º 830 de 2016: Marco Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria de Bolivia

Fecha de inicio: 06/09/2016
Fecha de fin: N/A

Descripción

La Ley N.º 830 de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria, promulgada el 6 de septiembre de 2016, establece el marco normativo nacional para proteger la sanidad vegetal y animal y garantizar la inocuidad de los alimentos en el Estado Plurinacional de Bolivia. La norma declara de prioridad nacional la sanidad agropecuaria e inocuidad alimentaria y dispone la asignación de recursos para prevenir, controlar y erradicar plagas, enfermedades y contaminantes, contribuyendo a la seguridad alimentaria con soberanía. Reconoce al Servicio Nacional de Sanidad Agropecuaria e Inocuidad Alimentaria (SENASAG) como autoridad nacional competente y establece sus atribuciones de regulación, registro, inspección, vigilancia, control y certificación sanitaria. La ley comprende los componentes de sanidad vegetal, sanidad animal e inocuidad alimentaria, e incorpora disposiciones sobre registros sanitarios, normas técnicas, controles de productos e insumos, certificaciones para importaciones y exportaciones, régimen sancionatorio y tasas por servicios prestados. Su aplicación alcanza a entidades públicas, productores agropecuarios, establecimientos de procesamiento y otros operadores públicos y privados vinculados con la producción y la inocuidad de alimentos. La norma fortalece el marco institucional y regulatorio para la prevención de riesgos sanitarios y la protección de la salud animal, vegetal y humana. La Ley N.º 830 no crea el SENASAG, establecido previamente mediante la Ley N.º 2061 de 2000, sino que desarrolla sus competencias y atribuciones. Su vinculación con PAESA es directa por regular condiciones sanitarias fundamentales para la producción agropecuaria, el procesamiento de alimentos y su comercialización segura.

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