Ley 543 de 2026: Identificación obligatoria del origen y diferenciación de productos alimenticios originales, sucedáneos e imitaciones
Fecha de inicio:
07/07/2027
Fecha de fin:
N/A
Descripción
La Ley 543 de 7 de julio de 2026 establece en Panamá la identificación obligatoria del origen y la diferenciación de productos alimenticios originales, sucedáneos e imitaciones, con el objeto de proteger al consumidor y al productor nacional, evitar prácticas comerciales engañosas y garantizar información clara sobre la naturaleza y procedencia de los alimentos. La norma exige que los establecimientos identifiquen visiblemente los productos como nacionales o importados, indiquen el nombre del producto en español y su país de origen, y adviertan cuando se trate de productos sucedáneos o de imitación. Estos últimos deberán exhibirse mediante señalización específica y mantenerse separados por al menos un metro de los productos originales. La Ley dispone que los productos alimenticios importados se comercialicen preservando las condiciones y especificaciones con las que ingresaron al país, prohíbe presentar productos cárnicos congelados como productos frescos nacionales, designa a la Autoridad de Protección al Consumidor y Defensa de la Competencia (ACODECO) como entidad fiscalizadora, establece multas de hasta quince mil balboas y califica determinadas infracciones como fraude alimentario. También ordena campañas de concienciación y educación al consumidor, deroga la Ley 113 de 2019 y comenzará a regir un año después de su promulgación.