Lineamientos, estrategias, reglamentos, resoluciones y acuerdos, de nivel internacional, regional, nacional y subnacional que configuran el accionar del Estado.
Ley 1.183/85. Establece que las aguas superficiales son de dominio público, las aguas pluviales, superficiales, estancadas, cauces, riberas, etc., sin mencionar la propiedad de las aguas subterránea...
Permite al sector privado obtener subsidios para acceder a infraestructura y sistemas de riego tecnificado con vistas a modernizar la agricultura y aumentar su competitividad internacional.(i) garanti...
También incluye los daños causados al consumidor, a bienes y derechos de valor artístico, estético, histórico, turístico y paisajístico (VETOED) y dicta otras disposiciones.
Una ley que prevé la gestión de los recursos hídricos de Canadá, incluida la investigación y la planificación e implementación de programas relacionados con la conservación, el desarrollo y la...
Una ley relativa al Departamento de Medio Ambiente.
Una ley relativa a la construcción, operación y mantenimiento de mejoras fluviales internacionales..
El objetivo de la Política Nacional del Medio Ambiente es preservar, mejorar y recuperar la calidad ambiental que propicie la vida, con miras a asegurar las condiciones para el desarrollo socioeconó...
Una ley para disponer la conservación de los bosques, el suelo, el agua y otros recursos naturales de Granada.
Declara el agua como propiedad del Estado y asigna al Estado la responsabilidad de la gestión y construcción de infraestructura hídrica.
Una ley para establecer una política nacional de agua, para el establecimiento de una Autoridad que se conocerá como Autoridad de Alcantarillado y Agua, para conferir a esa Autoridad funciones en ma...
El Reglamento establece normas relativas al vertido de aguas a través del alcantarillado público por parte de locales domésticos e industrias. Las aguas residuales industriales no podrán verterse ...
Esta Ley se aplica a las tierras agrícolas y establece la Autoridad de Gestión de Tierras de Dominica y establece sus poderes y funciones (arts. 3 y 24).