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Ley N° 5361 Reforma a la carta orgánica del crédito agrícola de habilitación

Fecha de inicio: 01/12/2014
Fecha de fin: N/A

Descripción

El Crédito Agrícola de Habilitación tiene por finalidad prestar servicios financieros, preferentemente a los sujetos de la reforma agraria, a los micro y pequeños emprendedores que realicen actividades económicas, a las asociaciones, cooperativas y otras formas de organización que los nuclean. El capital autorizado del Crédito Agrícola de Habilitación queda fijado en G. 228.904.377.033 doscientos veintiocho mil novecientos cuatro millones trescientos setenta y siete mil treinta y tres), y será actualizado anualmente al cierre de cada Ejercicio Financiero.

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