Datos o hechos estadísticos sobre la situación y perspectivas de los sistemas agroalimentarios e impacto de las políticas
1000 asistencias técnicas personalizadas fueron ejecutadas por especialistas del INIA para mejorar prácticas de manejo, nutrición y sanidad caprina en zonas rurales del Perú, fortaleciendo las capacidades productivas y el desempeño del sistema caprino (INIA, 2025).
68 % de los 2 millones de caprinos del Perú se concentran en la costa norte, zona centro-sur y región andina, áreas con precipitaciones que varían desde 0–500 mm al año en zonas áridas y semiáridas, hasta altitudes superiores a 3000 m s.n.m. con mayor disponibilidad hídrica, lo que refleja contrastes en la oferta forrajera y potencial productivo (INIA, 2025).
180 000 a 200 000 familias en el Perú practican la producción caprina como actividad económica complementaria dentro de la agricultura familiar, contribuyendo a la seguridad económica y diversificación productiva rural (INIA, 2025).
13 000 productores caprinos en el Perú son beneficiados por el Proyecto de Inversión PROCAP, que impulsa investigación, asistencia técnica y fortalecimiento productivo en ganadería caprina (INIA, 2025).
6 toneladas por hectárea superan las variedades de semillas del INIAP, frente al promedio nacional de 4.8 toneladas (Redacción El Universo, 2025).
4 hectáreas representa el tamaño mínimo de parcela (excluyendo producción ganadera) a partir del cual la geolocalización debe proporcionarse usando polígonos con suficientes puntos de latitud y longitud para delinear el perímetro de la tierra (Sarmiento, 2025).
0.5 hectáreas como superficie mínima, árboles de más de 5 metros de altura y cobertura de copa superior al 10% definen los criterios técnicos para clasificar un terreno como bosque bajo la Regulación Europea de Deforestación (Sarmiento, 2025).
6 decimales como mínimo representa la precisión requerida en las coordenadas de latitud y longitud para identificar la ubicación geográfica exacta de las parcelas de tierra bajo la regulación EUDR (Sarmiento, 2025).
5 años representa el período mínimo durante el cual los operadores deben recopilar, organizar y mantener información, documentos y datos que demuestren el cumplimiento desde la fecha en que el producto se coloca en el mercado o se exporta (Sarmiento, 2025).
31 de diciembre de 2020 representa la fecha límite a partir de la cual la regulación se aplica a la deforestación y degradación forestal que haya ocurrido posteriormente (Sarmiento, 2025).