Perú: Reglamento de la Ley N° 32437, Ley de Riego Tecnificado
Reglamento que establece las disposiciones para la aplicación de la Ley N° 32437, con la finalidad de promover el uso eficiente, productivo y sostenible del recurso hídrico en la agricultura a nivel parcelario. Regula la planificación, financiamiento, formulación, ejecución y monitoreo de inversiones en riego tecnificado (sistemas presurizados por goteo, aspersión y microaspersión; y gravedad tecnificada) en cuatro tipos de áreas: superficies bajo riego tradicional, secano con disponibilidad hídrica, pastoreo con aptitud hídrica y tierras eriazas con aptitud agrícola. Define roles del Ministerio de Desarrollo Agrario y Riego, gobiernos regionales, locales, OUA, comunidades campesinas y nativas, y establece una estructura de cofinanciamiento público de hasta el 100% para pequeños productores (≤2 ha) y el 80% para infraestructura parcelaria en general.